PAGE
5
DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 09663
21 de agosto de 2007
DAGJ-1028-2007
Licenciado
Víctor Manuel Vargas Meneses
Auditor Interno
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Estimado señor:
Asunto: Autorización para la contratación de asistencia legal.
Nos referimos a su oficio Nº AI-198-2007, recibido el 7 de agosto pasado, mediante el cual solicita a la Contraloría General, “(...) que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley General de Control Interno, se pronuncie instando al Tribunal Supremo de Elecciones, para que por los medios legalmente establecidos se contraten los servicios profesionales de un abogado de mi entera confianza, para que se haga cargo de mi defensa en este procedimiento administrativo, y la labor profesional para interponer el Recurso de Revisión de Sentencia previsto en el Título VII del Código Procesal Penal, ante el Tribunal de Casación Penal”.
I. Criterio del Despacho.
Con relación al otorgamiento de este tipo de autorizaciones, debe advertirse en primer término, que la Contraloría General ha mantenido en esta materia, una línea de criterio si se quiere restrictiva, rechazando por regla general solicitudes tendentes a la contratación de asesoría legal para estos efectos, postura que únicamente ha encontrado variación, en casos muy calificados en los que la ponderación de situaciones fácticas particulares, ha motivado rendir una respuesta en otros términos.
En ese sentido, y a modo de ilustración, le adjuntamos copia de nuestro memorial N° 5744 (DAGJ-1304) del 20 de mayo de 2005, en el que se incorpora una generosa cantidad de antecedentes en esta materia, y cuya lectura integral termina por confirmar, la existencia de esa línea de criterio antes referida, proclive a rechazar -según se dijo- solicitudes como la que aquí nos ocupa. En dicho oficio se indicó en lo que interesa lo siguiente:
“(…) Del análisis de los oficios trascritos, es claro que, como regla gen ...
Fecha publicación: 26/08/2007
Fecha emisión: 21/08/2007
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Proteccion al personal de la auditoria, Independencia funcional y de criterio, Deberes del Jerarca y los Titulares Subordinados en Materia de Control Interno, Deberes,Potestades y Prohibiciones de los Funcionarios de Auditoría, Régimen de Responsabilidad Derivado del Control Interno, Responsabilidad Penal
PAGE
6
DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 08445
27 de julio de 2007
DAGJ-0916-2007
Licenciado
Sofía Elizondo Jiménez
Directora Ejecutiva
FUNDACIÓN INCIENSA
Estimada señora:
Asunto: Atención de recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra de lo dispuesto por oficio No. 05686 (DAGJ-0581) de 4 de junio de 2007 sobre legalización de libros de Fundaciones que no reciben fondos públicos.
Se atiende el recurso de revocatoria con apelación en subsidio planteado por Sofía Elizondo Jiménez, Directora Ejecutiva con facultades de Apoderada General de la Fundación Inciensa, cédula jurídica No. 3-006-078153, en contra de la decisión adoptada por este Órgano Contralor en oficio No.05686-2007, que resolvió la gestión de legalización para el cierre y renovación de un Libro Mayor de esa entidad privada.
El primer motivo de su impugnación estima que reside en una nulidad de la decisión contenida en el oficio 05686-2007 de no cerrar y renovar la legalización de un Libro Mayor de esa entidad privada, en el tanto alega que el artículo 15 de la Ley de Fundaciones (Ley No.5338 de 28 de agosto de 1973 y sus reformas) se encuentra vigente, siendo que a su juicio de ese numeral se deriva que para que una Fundación presente anualmente su informe ante la Contraloría General de la República, los registros contables respectivos deben estar documentados en libros legalizados por este Órgano Contralor contable, con lo que al no hacer referencia el oficio impugnado a dicho artículo se está desconociendo una atribución de fiscalización expresa que dicho ordinal legal estatuye, ocasionando incluso un vacío normativo al no indicar cuál es el órgano que debe proceder a legalizar los libros de esa Fundación.
En segundo lugar, alega que la frase contenida en el oficio 05686-2007 reza “...por lo antes expuesta, esa Fundación debe ponerse a derecho”, refiriéndose a la exigencia de que la Fundación cuente con una Auditoria Interna, d ...
Fecha publicación: 03/08/2007
Fecha emisión: 27/07/2007
Institución: FUNDACION INCIENSA (FUNIN)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
3
DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 05677
01 de junio de 2007
DAGJ-0574-2007
Licenciado
José E. Calderón Solano
Auditor Interno
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de prórroga del plazo establecido para la presentación del reglamento de organización y funcionamiento de la Auditoría Interna.
Nos referimos a su oficio Nº AI-101-2007 del 23 de mayo del 2007, recibido en esta Contraloría General el 24 de mayo siguiente, mediante el cual solicita a esta Contraloría General reconsiderar el oficio Nº 3190 (FOE-ST-0060) del 27 de marzo de 2007, por medio del cual se resolvió una consulta relacionada con el plazo establecido en las “Directrices generales relativas al reglamento de organización y funcionamiento de las auditorías internas” emitidas por éste órgano de fiscalización y control superior, publicadas en La Gaceta No. 236 del 8 de diciembre de 2006. En el punto 5 del oficio de citas, se determinó lo siguiente:
“(…) Por este motivo, considerando que el plazo previsto en las disposiciones transitorias de las Directrices es razonable en los términos ya expuestos, deberá esa Auditoría contar dicho plazo de seis meses a partir de su publicación, la cual se efectuó el 8 de diciembre de 2006”.
En ese sentido, se solicita la reconsideración del mencionado oficio, a fin de que se le conceda a la Auditoría Interna de la Universidad Estatal a Distancia una prórroga para el sometimiento de la propuesta de reglamento de organización y funcionamiento de la auditoría interna al jerarca, aduciendo entre otras cosas, que:
1) Informa que la Universidad Estatal a Distancia cierra sus instalaciones del 15 de diciembre al 15 de enero de cada año.
2) Asimismo, señala que por disposiciones del Estatuto Orgánico de la Universidad Estatal a Distancia, esa Auditoría debe presentar el Informe de Labores y el Plan de Trabajo en el mes de marzo de cada año, razón por la cual esta unidad se aboca ...
Fecha publicación: 11/06/2007
Fecha emisión: 04/06/2007
Institución: UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA (UNED)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
2
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 05074
17 de mayo de 2007
DAGJ-0499-2007
Señor
Luis Jiménez Sancho
Jefe
Departamento de Asesoría Jurídica
REGISTRO NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Observaciones al Convenio de cooperación interinstitucional para la transferencia de la información contenida en las bases de datos del Registro Nacional.
En atención a su nota N° DAJRN-06-551-2007 del 27 de marzo del año en curso, mediante la cual remite para firma de la Señora Contralora General de la República el Convenio de cooperación interinstitucional para la transferencia de la información contenida en las bases de datos del Registro Nacional, ha celebrarse entre la Junta Administrativa del Registro Nacional y este órgano de control; me permito dirigirme a usted para informarle que luego de efectuar una revisión de los documentos que se suscribirían, se detectaron algunos aspectos que, a criterio de esta Contraloría General, corresponde modificar para efectos de mayor claridad del documento, así como algunos aspectos de forma que ameritan ser corregidos.
Por tal motivo, procedo a mencionar las partes del documento que tendrían que corregirse así como una propuesta para ello:
1.- En el encabezado del convenio, en la línea sexta se repite la frase “en adelante denominada la JUNTA”, por lo que habría que eliminarla.
Por otra parte, en el mismo encabezado se solicita sustituir la frase “sobre las potestades de constatación de la veracidad de la información de las declaraciones juradas, con el fin de ser utilizada en las investigaciones que realice este órgano contralor en cumplimiento del mandato legal antes citado”, por la siguiente “para el ejercicio de las atribuciones de la CONTRALORIA”.
2.- En la cláusula PRIMERA: DEL OBJETO, se solicita sustituir la frase “de su accionar siempre y cuando sean para uso interno de la entidad” por “relacionadas con la fi ...
Fecha publicación: 26/05/2007
Fecha emisión: 17/05/2007
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
4
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02680
16 de marzo de 2007
DAGJ-0269-2007
Señor
Martín Vargas Vargas
Estimado señor:
Asunto: Gestión en torno al régimen que regulado el pago de dietas contenido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Damos respuesta a su oficio sin número del 06 de febrero de 2007, recibido en esta Contraloría General el 05 de marzo del mismo año, por medio del cual solicita el criterio de éste órgano contralor con respecto al régimen que regula el pago de dietas, contenido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Primeramente, señala que ocupa el cargo de Técnico en Desarrollo Juvenil en el Consejo de la Persona Joven del Ministerio de Cultura Juventud y Deportes, como coordinador de los cinco cantones de la Zona Sur del país. Asimismo, agrega que funge como miembro de la Junta Directiva de JUDESUR en representación de la Municipalidad de Golfito.
Adicionalmente, pone en conocimiento de éste órgano de control y fiscalización superior que en virtud del numeral 8 del Reglamento Interior de Trabajo del Movimiento Nacional de Juventudes
, de acuerdo a la categoría de puesto ocupado por el suscrito designado como personal de campo y la naturaleza de las funciones que ejecuta en la Institución, su jornada de trabajo es de carácter mixto iniciando a las trece horas de lunes a viernes. No obstante, en su caso particular los días lunes, martes y miércoles, debe de cumplir ese horario asignado por Reglamento, y los demás días de la semana, atiende Comités Cantonales, Municipalidades y público en general, por medio de giras en las distintas Institución de la Zona, desempeñándose en un horario de las trece a las veintiún horas.
Seguidamente, señala que al establecerse la jornada mixta para el puesto que desempeña, de conformidad con el numeral 8 del Reglamento supracitado, quedaría claro que no existe superpo ...
Fecha publicación: 29/03/2007
Fecha emisión: 16/03/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Dietas
1
3
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 03013
22 de marzo de 2007
DAGJ-0307-2007
Licenciado
Patricia Quesada León
Asesora
Licenciada
Zarela González Castillo
Coordinadora
Licenciado
Luis Jiménez Sancho
DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURÍDICA
ÁREA DE ASESORÍA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
REGISTRO NACIONAL
Estimados señores:
Asunto: Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia de la información contenida en las bases de datos del Registro Nacional.
Damos respuesta a su oficio número DAJRN-06-368-2007 del 01 de marzo de 2007, remitido a esta Contraloría General de la República el 02 de marzo siguiente, mediante el cual se refiere a las consideraciones efectuadas por este Despacho por medio del oficio Nº DAGJ-2033-2006 de fecha 20 de diciembre del 2006, en referencia al “Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia de la información contenida en las bases de datos del Registro Nacional” suscrito entre el Registro Nacional y éste órgano contralor.
En primer término, conviene manifestar que de conformidad con el ordinal 2 de la Ley de Contratación Administrativa, se excluyen de la aplicación de los procesos concúrsales, las actividades que señala el propio precepto legal, no obstante esto no significa que las actividades que ahí se consignan se excluyan por completo de la aplicación de la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. En ese mismo sentido se ha pronunciado reiteradamente éste Despacho, como consta en el oficio Nº 10302 (DAGJ-1553-2001) del 12 de setiembre de 2001, que en lo pertinente dispone:
“(…) Toda negociación que se realice entre dos entidades o instituciones del Estado (en principio, en razón de los sujetos que participan), dentro del ámbito de la contratación administrativa (en razón del objeto contractual), cae dentro del régimen del derecho público, y la normativa aplicable en consecuencia es la Ley de la Contratación Administrativa y ...
Fecha publicación: 29/03/2007
Fecha emisión: 23/03/2007
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
6
DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 02262
5 de marzo de 2007
DAGJ-0235-2007
Licenciada
Ana Cristina Brenes Jaubert
Auditoria Interna
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de aprobación al Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.
Se refiere este Despacho a su oficio AIM 009-2007, de fecha 24 de enero de 2007, recibido el mismo día en esta Contraloría General, en el cual solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoria Interna de la Municipalidad de San Rafael de Heredia. Indica presentar: a) copia certificada del mismo, b) la trascripción del acuerdo del Concejo Municipal donde se aprueba y c) certificación de la Auditoria Interna, respecto al cumplimiento de la normativa legal, administrativa y técnica en dicho documento.
Criterio del Despacho.
I. SOBRE LA NORMATIVA APLICABLE:
Como normativa aplicable al caso particular, encontramos el artículo 23 de la Ley No. 8282, Ley de Control Interno; que indica al respecto, lo siguiente:
“Artículo 23.—Organización. La auditoria interna se organizará y funcionará conforme lo disponga el auditor interno, de conformidad con las disposiciones, normas, políticas y directrices que emita la Contraloría General de la República, las cuales serán de acatamiento obligatorio.
Cada auditoria interna dispondrá de un reglamento de organización y funcionamiento, acorde con la normativa que rige su actividad. Dicho reglamento deberá ser aprobado por la Contraloría General de la República, publicarse en el diario oficial y divulgarse en el ámbito institucional.( El resaltado no es del texto original).
Es precisamente, atendiendo lo expuesto que este Órgano Contralor mediante R-CO-93- 2006 emitió resolución de las trece horas del 17 de noviembre del 2006, referente a las “Directrices Generales Relativas al Regla ...
Fecha publicación: 10/03/2007
Fecha emisión: 06/03/2007
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
1
9
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 01382
13 de febrero de 2007
DAGJ-0145-2007
Señor
Martín Zúñiga Morales
Gerente General
PROCOMER
Estimado señor:
Asunto: Se atiende solicitud de revisión y aprobación de Reglamento para la Utilización de
Vehículos de PROCOMER.
Nos referimos a su oficio N° GG-038-2007 de fecha 26 de enero de 2007, presentado ante esta Contraloría General el día 30 de enero, por medio del cual somete para nuestro conocimiento y aprobación el “Reglamento para la Utilización de Vehículos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica”.
1. Sobre la Obligación de Reglamentar el Uso de Vehículos Oficiales
Es importante establecer que la obligación de analizar y aprobar este tipo de reglamentos por parte de la Contraloría General de la República, lo es en cumplimiento del mandato esgrimido en la Ley de Obligación de Reglamentar el Uso de Vehículos Oficiales del 19 de mayo de 1975, y específicamente de su artículo 4, el cual establece que:
“Las instituciones autónomas, semiautónomas y demás, a que se refiere el artículo 1º de esta ley, deberán someter el reglamento respectivo a la Contraloría General de la República, la que, si lo considera conveniente, lo aprobará y ordenará su publicación en el Diario Oficial, en caso contrario lo devolverá a la oficina de origen, con las observaciones del caso, la que a su vez gozará de un plazo improrrogable de treinta días para hacer las modificaciones y someterlo nuevamente a conocimiento de la Contraloría General de la República, so pena de incurrir en la penalidad que se establece en el artículo 5º de esta ley.”
Dicho mandato legal sobrevivió a la derogación que, en buena técnica jurídica, significaba la regulación, específica y posterior, que ofrecía la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331, del 13 de marzo de 1993, pues en su Título VII, regula el uso de vehículos del Estado Costarricense. A propósito del asunto, la S ...
Fecha publicación: 18/02/2007
Fecha emisión: 13/02/2007
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
8
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 00963
RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. San José, a las once horas del primero de febrero de dos mil siete.
Recurso de revocatoria con apelación en subsidio incoado por el señor José Fabio Pizarro Espinoza, cédula 2-416-258, en contra de la resolución Nº 00265 (LEV-INCOMPATIBILIDAD-02-2007) de las catorce horas del quince de enero de dos mil siete, por el cual se resolvió una solicitud de levantamiento de incompatibilidad al tenor del artículo 19 de la Ley No.8422.
RESULTANDO
PRIMERO. Que mediante resolución Nº 00265 (LEV-INCOMPATIBILIDAD-02-2007) de las catorce horas del quince de enero de dos mil siete, la División de Asesoría y Gestión Jurídica declaró sin lugar la gestión de levantamiento de incompatibilidad solicitada por el señor José Fabio Pizarro Espinoza, quien funge como Inspector General de la Fuerza Pública del Ministerio de Seguridad Pública, formando parte a su vez, de la Junta Directiva de la sociedad Seguridad Múltiple S.A.
SEGUNDO. Que con fecha 19 de enero de 2007 el señor José Fabio Espinoza Pizarro presentó recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra lo resuelto en la resolución Nº 00256, en razón de que adjunta certificación notarial, acreditando que el señor José Fabio Pizarro Espinoza, no es socio accionista de la sociedad Seguridad Múltiple Sociedad Anónima. Con lo cual, asegura demostrar que no se encuentra en ninguna de las tres hipótesis indicadas en el considerando, motivo por el cual estima que le asiste el derecho se ser declarado con lugar el levantamiento de incompatibilidad solicitado.
TERCERO.- Que se han cumplido los trámites y formalidades de ley.
CONSIDERANDO
I. SOBRE LA ADMISIBILIDAD FORMAL DEL RECURSO: De la relación de los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, se desprende que los actos definitivos que dicte el órgano contral ...
Fecha publicación: 09/02/2007
Fecha emisión: 01/02/2007
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RECURSOS DE RECONSIDERACION Y REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
PAGE
2
DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 00962
1 de febrero de 2007
DAGJ-0089-2007
Lic. Dagoberto Sobaja Morales
Director General
Registro Nacional de Costa Rica
Estimado Señor:
Asunto: Se atiende oficio relacionado con las modificaciones realizadas al Reglamento de Transportes del Registro Nacional de Costa Rica, ante observaciones realizadas por esta Contraloría.
Nos referimos a su oficio recibido en esta Contraloría el 8 de diciembre de 2006, en el cual hace constar algunas características específicas del servicio en cuestión, así como dejar patente la forma de cumplimiento de las observaciones del Ente Contralor.
En relación a su oficio N° DGRN-1615/2006, en el cual nos deja saber que, ante las observaciones realizadas por este Órgano Contralor al Reglamento de Transportes del Registro Nacional, éstas han sido incorporadas a dicha normativa, este Despacho reafirma lo establecido en el oficio DAGJ-1741-2006, en el sentido de que:
“(…)en vista de que el Registro Nacional, o más específicamente la Junta Administrativa del Registro Nacional es un órgano desconcentrado del Ministerio de Justicia, se encontraría bajo la cobertura de la Ley No. 7331 y no así de la Ley No. 5691, razón por la cual no le corresponde a esta Contraloría General analizar para su eventual aprobación el Reglamento de Transportes sometido a nuestra consideración, debiendo dicho órgano atenerse a las regulaciones estipuladas al respecto en la referida Ley No. 7331.
No obstante lo anterior, resulta necesario efectuar una serie de consideraciones sobre el texto propuesto de dicha norma reglamentaria, con el propósito de que la Junta Administrativa del Registro Nacional las valore, a efectos de que la emisión final de dicho reglamento se adapte a la normativa técnica que sobre esta materia ha venido emitiendo esta Contraloría General, y particularmente, a efectos de que el mismo se ajuste a lo resuelto por la División de Estrategia Ins ...
Fecha publicación: 09/02/2007
Fecha emisión: 01/02/2007
Institución: REGISTRO NACIONAL
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)